martes, 13 de mayo de 2008

Clasificación de los Ingresos Públicos - Clase del 13/05/2008

A continuación encontrarán el link de la presentación sobre la clasificación de los ingresos públicos:
http://es.geocities.com/josermedinag1/los_ingresos_publicos_segunda_clase.ppt

27 comentarios:

Unknown dijo...

En la clase del día 13 comenzamos aclarando algunos puntos sobre la clases pasada, luego entrando en materia se hablo de los ingresos públicos donde se dijo que son las diversas formas de agrupar, ordenar y presentar los recursos, con la finalidad de realizar análisis y proyecciones de tipo económico y financiero que se requiere en un período determinado y que están clasificados según el tipo de estudio que se va a realizar pero generalmente utilizamos tres según periodicidad se clasifican en ordinarios y extraordinarios siendo los ordinarios aquellos que se recaudan de forma permanente proveniente de los tributos, tasas y otros medios de financiamiento del estado y los extraordinarios los no recurrentes tales como los que vengan de leyes que originan ingresos de forma eventual. Los de forma económica se clasifican en corrientes que proceden de forma tributario, no tributarios y de transferencias recibidas para financiar gastos, los de capital son los que se originan de venta de bienes muebles e inmuebles y los de fuente financiera provienen de venta de bonos, acciones recuperación de prestamos. Y los de sector de origen esta se fundamenta principalmente en la estructura económica de nuestro país lo cual implica que la mayoría de los ingresos surge de la venta de petróleo y hierro con otros países. También se dijo que los ingresos tienen derecho publico y privado las características que tienen los tributos son de tipo coactivo, pecuniario y contributivo.
Entre los tipos de tributos tenemos lo impuestos que es lo que cancelamos anualmente por I.S.L.R. el estado lo toma y es invertido en diferentes necesidades del pais. Las tasas podemos decir que la contraprestación es inmediata por ejemplo el aseo urbano, el pago de las entradas a parques y las contribuciones se pagan solo una vez.
Se nombraron los elementos de los impuestos que son la base imponible, el hecho imponible, sujeto pasivo, tipos de gravamen, la cuota tributaria.

maria dijo...

Bienvenido profesor este mi resumen de la primera clase: se hablo sobre la finanzas conceptos y origen el no decía que la palabra finanzas es del verbo latino finer, que significa” pagar” la finanzas es un conjunto de actividades financieras y administrativas que conduce a una empresa a la adquisición de sus activos. También explico sobre la naturaleza de la actividad financiera que surgió en Francia; y sus antecedentes revelan la necesidad del estado para financiar sus recursos, y que en el siglo XIX conquistaron su autonomía. Luego hablo sobre la Hacienda Publica donde los principales que comprenden la administración y disposición de los recursos y caudales del estados, corresponde al presidente, los ministros y demás funcionarios elegido por vía constitucional, seguido hablo de la ciencia de la finanzas publicas que solo significa satisfacer la necesidades que demande la comunidad de personas que integran un estado. Continuo explicando los requisitos para una buena y sana política financiera es maximizar el flujo los comercios y las inversiones internacionales para lograr una distribución equitativa y un ajuste de los equilibrios de la abalanza de pago. Dijo que los impuestos son tributo que establecidos por la ley que deben pagar las personas naturales y jurídicas para la recaudación de los recursos tributarios.

Maria Martínez
CI.11279563
Sección Única (nocturno)
LIC. Administración y Gestión Municipal

jose salazar dijo...

3 RESUMEN DE FINANZAS

Los Ingreso Público: Pueden definirse de manera general y sencilla como todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público cumplir su función dentro de la sociedad. Se Clasifican de la forma siguiente: Ordinarios y Extraordinarios: Ordinario: (recurrente-periódicos-permanentes) son aquellos que el Estado recibe en forma periódica, puede repetir su recaudación período tras período, y su generación no agota la fuente de donde provienen ni compromete el patrimonio actual o futuro del Estado y sus entes. Se dijo que pueden ser entre otros los impuestos como el iva, impuesto sobre la renta, siempre y cuando estos ingresen de manera constante a las arcas del estado u organismo publico y los ingresos producto de la renta petrolera pueden llamarse ordinarios ya que estos también tienen un efecto de ingreso diario según las ventas de cada barril diario que se vende al exterior, entre otros. Extraordinario: (no recurrentes) presentan como característica distintiva que la fuente que los genera no permite su repetición continua y periódica, y afecta o compromete la disminución del patrimonio del Estado en el presente o en el futuro. se dijo en este caso que pueden ser las ventas de los activos, impuestos que no se generen constantemente, los ingresos o ganancias por las fiesta o ferias patronales, cuando se reciben ingresos por pago de póliza de seguro. entre otros
Por su fuente económica-financiera: 1- Corrientes - fuente no agotable: ingresos por Ejemplo: la Venta del petróleo, los recursos mineros, 2- Capital - fuente agotable: cuando disminuyen producto del aumento de las cuentas por pagar, o por las ventas de los activos. 3 - Recursos financieros: cuando se reciben recursos producto de la compra o venta de Bonos. Por su origen: Tributarios y No tributarios 1- Tributarios: como su nombre lo indica, provienen directamente de la recaudación de tributos. Dentro de los tributos se identifican tres grupos principales de ingresos públicos: impuestos, tasas y contribuciones. 2- No tributarios: es decir, aquellos conceptos por los cuales el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Dentro de esta categoría de ingresos se estudiarán los que provienen de las siguientes actividades: empresas públicas, privatización, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público, legados, donaciones, sanciones. El carácter del perceptor de los ingresos públicos y privados: Los Públicos cuando ingresan por la utilización de un servicio publico; como el Terminal de pasajero, Aeropuertos, parques; tiene carácter coactivo ya que se estipula mediante la ley o reglamento. El Privado: cuando ingresan por tributos producto de la actividad empresarial de bienes y servicios y cobros de impuestos; como la compra de cadafe, cantv, entre otros y es de carácter pecuniario y aquellos que son de carácter contributivo provenientes del ingreso publico destinados a las necesidades de carácter sociales. Estos ingresos en el mayor de los casos se denominan tributos y se clasifican en IMPUESTO, TASAS, CONTRIBUCIONES. Impuesto: Son contribuciones establecidas en la ley que pagan las personal naturales y jurídicas, constituye una prestación pecuniaria obtenida por el estado en forma coactiva y pagada por los particulares con carácter definitivo, destinada al gasto publico y de interés en la economía del estado. Tasas: Es la contraprestación en dinero que pagan los particulares, el estado u otros entes de derecho público en retribución de un servicio público determinado y divisible. Contribución: Cuota o cantidad que se paga para algún fin, y principalmente la que se impone para las cargas del Estado, siguiendo en esta materia existen los Elementos del Impuesto, que son: Hecho imponible por ejemplo cuando se origina el pago del impuesto por la compra de un artículo, La Base Imponible por ejemplo el costo del articulo al cual se le calcula el impuesto, Sujeto Pasivo, por ejemplo es la persona con obligación de ley al cumplimiento del hecho tributario, Tipos de Gravámenes, por ejemplo los porcentajes que se le aplican a la base imponible para el calculo, pueden variar según las leyes. Cuota Tributaria, por ejemplo es el monto a cancelar de forma de tributo producto del porcentaje del gravamen calculado sobre la base imponible. Deuda Tributaria, por ejemplo es el monto definido pendiente por declarar en un ejercicio fiscal si es el islr y mensual si es el iva, producto de la deducción de los créditos fiscales o incrementos por recargos.

JOSE SALAZAR
CI:7910450
LIC. ADMINT Y GESTION MCPAL
SECCION UNICA NOCTURNO UNEFA S/F

maria dijo...

Segundo Resumen


Finanzas publicas: Constituyen la actividad económica sector público, con su particular y característica que convive con la economía de mercado, de la cual obtiene los recursos y a la cual le presta un marco de acción
Dimensión financiera estipulada en todo el marco legal relacionado con el tema, mediante la cual existe la movilidad de los recursos para operar los entes y organismos públicos, a través de una Visión sistémica.
La gerencia financiera pública: constituye el soporte para la gerencia sustantiva del Sector
Público y tiene por actividad la programación de las finanzas públicas, el recaudo de los
Ingresos, la ejecución de egresos, el manejo del financiamiento y la evaluación del impacto de la gestión, todo ello para que la gerencia sustantiva pueda atender su cometido de producir las
Regulaciones, los bienes y los servicios que demanda la sociedad en procura del desarrollo
Humano.
Fuentes de ingreso fiscales: Ingresos que percibe el sector público, y que normalmente se consolidan en el presupuesto nacional, con los que se hace frente a los gastos del gobierno central y sus diferentes organismos. Los ingresos fiscales provienen, fundamentalmente, de los impuestos que se cobran a la población. Tales impuestos pueden ser recaudados por el gobierno central o por los gobiernos regionales y locales, correspondiéndoles a estos últimos una mayor o menor proporción de los mismos según lo estipule el ordenamiento legal vigente.
Gastos públicos: Son las erogaciones generalmente dinerarias que realiza el estado en virtud de ley para cumplir sus fines consistentes en la satisfacción de necesidades públicas.
Presupuestos públicos: comprende todos los ingresos y todos los gastos, así como las operaciones de financiamiento sin compensaciones entre sí, para el correspondiente ejercicio económico financiero.comprende doble papel, político y por planificación a corto, mediano, y largo plazo.
Objetivo presupuestos públicos: Examinar el conjunto de aspectos y actividades involucradas en la actividad financiera del Estado venezolano, desde el punto de vista de los procesos de planificación, elaboración del presupuesto, y de su control.
Sistema tributario: Está formado y constituido por el conjunto de tributos que estén vigentes en un país determinado y por supuesto, en una época establecida. Esto explica que cada sistema tributario es distinto a otro, ya que cada uno de ellos está integrado y formado por los variados impuestos que cada país adopte según sea su producción, formas políticas, tradiciones, y naturaleza geográfica de los mismos.
Tesorería Nacional es la responsable de elaborar la programación de caja y uno de los instrumentos es el denominado pronóstico de tesorería o flujo de caja.

Maria Martínez
CI.11279563
Sección única
Lic. Administración .Gestión Municipal

Unknown dijo...

San Felipe 17 de Mayo de 2008

Resumen clase nº 3
INGRESOS PUBLICOS
DEFINICION: Los Ingresos Públicos los podemos definir como los recursos que obtiene el Estado en forma coactiva de la economía de los particulares para satisfacer las necesidades del colectivo. Según otros autores podemos decir de ellos que es el dinero que llega al poder del Estado para atender la necesidad financiera de los Servicios Públicos. Estos ingresos financieros son las entradas de dinero a la tesorería del Estado, para el cumplimiento de sus fines, cualquiera que sea su naturaleza económica o jurídica.
CLASIFICACION DE LOS INGRESOS PUBLICOS:
Existen diferentes clasificaciones y podemos decir que dentro de la clasificación económica y según su periodicidad estos pueden ser: Ordinarios y extraordinarios.
Ordinarios: Son los recursos que se perciben periódicamente de manera recurrente y permanente, y así los recibe el estado, es decir se repite la recaudación sin agotar la fuente de donde provienen, entre ellos podemos mencionar el I.V.A y el I.S.L.R, siempre y cuando estos ingresen de manera constante, pienso que es importante señalar que en cuanto a estos impuestos puede existir variación, sin dejar de ingresar de manera constante, es decir el I.V.A, puede variar de acuerdo a la fijación de la alícuota , mientras que el I.S.L.R depende del valor de la unidad tributaria y su pago es solo una vez al año en cada periodo fiscal.
Extraordinarios: Son aquellos recursos que no se perciben regularmente sino una sola vez, es decir no presentan repetición continua, e incluso pueden darse por leyes que los originan de manera eventual, se pueden mencionar las ventas de activos, los pagos por pólizas de seguro y particularmente pienso que también la privatización de una empresa.
Por su fuente económica-financiera: pueden ser: Corrientes y de Capital.
Corrientes: Corresponden a las utilidades netas de las Empresas, ingresos procedentes de la propiedad de bienes, impuesto a la renta, circulación de bienes y contribuciones de seguridad social. Son fuente no agotable como la venta del petróleo, los recursos mineros.
Capital: Son los recursos de transferencia de capitales, prestamos, e impuestos sobre el capital, son fuente agotable cuando disminuyen producto del aumento de las cuentas por pagar, o por las ventas de los activos.
Recursos financieros: Recursos producto de la compra o venta de Bonos.
Por su origen: Tributarios y No tributarios.
Tributarios: Provienen directamente de la recaudación de tributos. Dentro de estos se identifican tres grupos principales de ingresos públicos: impuestos, tasas y contribuciones, no sin dejar de mencionar las contribuciones especiales, las parafiscales, sanciones fiscales, multas, entre otras.
No tributarios: cuando el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Dentro de esta categoría de ingresos se estudiarán los que provienen de las siguientes actividades: empresas públicas, privatización, cambio de divisas, crédito público, entre otros.
EL CARÁCTER DEL PERCEPTOR DE LOS INGRESOS
Los Públicos cuando ingresan por la utilización de un servicio público; Aeropuertos, parques; tienen carácter coactivo ya que se estipula mediante la ley o reglamento. El Privado: cuando ingresan por tributos producto de la actividad empresarial de bienes y servicios y cobros de impuestos; es de carácter pecuniario.
LOS TRIBUTOS COMO FUENTE DE INGRESO PÚBLICO
Las obligaciones tributarias están establecidas en la Ley, y constituye un Vínculo Jurídico donde un sujeto debe dar a otro sujeto bien sea dinero o cosas determinadas por la Ley poniendo en practica este lo que se llama poder tributario.
Tributo: Son las prestaciones obligatorias comúnmente exigidas en dinero por el Estado en ejercicio de su poder y en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines, se clasifican en Impuesto, tasa y contribuciones.
Características de los Tributos: Carácter coactivo, y carácter pecuniario y contributivo.
Impuestos: Son las contribuciones establecidas en la ley que deben pagar tanto las personas naturales como jurídicas, conforman a su vez la categoría de los recursos tributarios, Constituyen una prestación de pecuniaria obtenida por el estado en forma coactiva y pagada por los particulares con carácter definitivo, destinados además a los gastos públicos y a la intervención del Estado en la economía.
Tasa: Es un tributo cuyo hecho generador esta relacionado con una actividad que el Estado presta a un contribuyente. Es la contraprestación en dinero que pagan los particulares, el estado u otros entes de derecho público en retribución de un servicio público determinado y divisible.
Contribución: Cuota o cantidad que se paga para algún fin, y principalmente la que se impone para las cargas del Estado. Son los tributos en razón de un beneficio bien sea individuales o de grupos sociales derivados como consecuencia de la realización de una obra publica.
Elementos del impuesto:
HECHO IMPONIBLE: Circunstancia por la cual , de acuerdo con la ley, origina la obligación tributaria.
BASE IMPONIBLE: Es la cuantificación y valoración del hecho imponible y determina la obligación tributaria.
SUJETO PASIVO: Es la persona natural o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de las prestaciones tributarias.
TIPO DE GRAVAMENES: Es la proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el gravamen. Dicha proporción puede ser fija o variable.
CUOTA TRIBUTARIA: Aquella cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible.
DEUDA TRIBUTARIA: Es el resultado de reducir la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos.

MILENA NUÑEZ, C.I. V-10.348.185
ADMINISTRACION Y GESTION MUNICIPAL
SECCION UNICA- NOCTURNO
UNEFA-YARACUY

ernesto dijo...

Hola prof. en la clase del dia martes del martes 6 se hablo sobre Finanzas y lo que pude entender sobre finanzas:
Es un derivado del verbo latino finer, cuyo significado es terminar o pagar.
En realidad lo que podríamos entender de finanzas es que es el conjunto de actividades que conducen a una empresa a la adquisición y financiamiento de sus activos fijos (terreno, edificio, mobiliario entre otros) y circulantes (efectivos, cuentas y efecto por cobrar entre otros).
Entre las finanzas existe las finanzas publicas que no es mas que, lo ingresos y los gastos del estado, normalmente previsto en el presupuesto. Estas operaciones están sujetas al principio de la legalidad y tiene por objeto realizar las funciones financieras del estado.

En si, la ciencia de las finanzas públicas atiende a todo relacionado con la forma de satisfacer las necesidades que demande la comunidad de personas que integran un estado, se inclinan a cubrir las exigencias del colectivo, donde predomina el interés general.

Para una buena y sana política financiera, se debe tener un sistema financiero quien es el que maximiza el flujo del comercio y las inversiones internacionales y logra distribuir las ganancias de manera equitativa.
Para evaluarlo pude recurrirse a los criterios de ajuste, liquidez y desconfianza se denomina ajuste al proceso de corrección de los desequilibrios de la balanza de pagos. Un buen sistema financiero minimiza los cotos y el tiempo requerido para el ajuste. Liquidez se refiere a la cantidad de activos de reserva internacionales disponibles arreglar los desequilibrios transitorios en la balanza de pagos. Un buen sistema financiero provee las reservas adecuadas para que el país corrija el déficit de la de pagos sin reflectar su economía o sin que produzcan efectos inflacionarios en el.

En Venezuela la hacienda pública comprende principalmente la administración y la disposición de los recursos y caudales públicos. Corresponde al presidente, los ministros y demás funcionarios competente por vía constitucional y legal la administración de la hacienda publica en Venezuela, están obligados como administradores a rendir cuentas y son responsables de la gestión que les ha sido encomendada, esa responsabilidad puede hacerse efectiva por diversas vías, que conforma el ultimo momento de la actividad financiera, el cual es el control.

ernesto dijo...

la clase el martes 13 se hablo de los Ingresos públicos
Pueden definirse como todas aquellas entradas de dinero que recibe el estado y que le permite financiar la satisfacción de las necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad.

Los ingresos públicos se pueden clasificar en:

Ingresos ordinarios: son aquellos que el estado recibe de forma periódica, puede repetir su recaudación periodo tras periodo.

Ingresos extraordinarios: presenta como característica distintiva que la fuente que lo genera no permite su repetición continua y periódica y afecta o compromete la disminución del patrimonio del estado en el presente o el futuro.

Los ingresos de actividad monetaria, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público. Al estar en manos del estado el control del sistema monetario (en el caso venezolano se encarga el banco central de Venezuela) las actividades derivadas de esta función pueden proporcionar algún tipo de ingreso al tesoro publico.

Gastos públicos

Los gastos públicos constituyen las erogaciones que efectúa el estado para adquirir bienes instrumentales o intermdiarios y factores para producir bienes y servicios públicos; o adquirir bienes de consumo a distribuir gratuitamente o contra del pago de retribución directamente a los consumidores; o bien para transferir el dinero recaudado con los recursos a individuos o empresas, sin ningún proceso de bienes o servicios. Estos gastos están clasificados en ordinarios y extraordinarios.

ernesto dijo...

la clase el martes 13 se hablo de los Ingresos públicos
Pueden definirse como todas aquellas entradas de dinero que recibe el estado y que le permite financiar la satisfacción de las necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad.

Los ingresos públicos se pueden clasificar en:

Ingresos ordinarios: son aquellos que el estado recibe de forma periódica, puede repetir su recaudación periodo tras periodo.

Ingresos extraordinarios: presenta como característica distintiva que la fuente que lo genera no permite su repetición continua y periódica y afecta o compromete la disminución del patrimonio del estado en el presente o el futuro.

Los ingresos de actividad monetaria, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público. Al estar en manos del estado el control del sistema monetario (en el caso venezolano se encarga el banco central de Venezuela) las actividades derivadas de esta función pueden proporcionar algún tipo de ingreso al tesoro publico.

Gastos públicos

Los gastos públicos constituyen las erogaciones que efectúa el estado para adquirir bienes instrumentales o intermdiarios y factores para producir bienes y servicios públicos; o adquirir bienes de consumo a distribuir gratuitamente o contra del pago de retribución directamente a los consumidores; o bien para transferir el dinero recaudado con los recursos a individuos o empresas, sin ningún proceso de bienes o servicios. Estos gastos están clasificados en ordinarios y extraordinarios.

ElsaEviez01 dijo...

GASTOS PUBLICOS

RESUMEN


El gasto público es una erogación de dinero, este se clasifica de acuerdo a su periodicidad, por su fuente económica - financiera y por su origen, también contamos con los tributos como fuente de ingresos públicos y que definimos como prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines, tienen carácter coactivo, pecuniario y contributivo, tenemos también las obligaciones tributarias que es el vinculo jurídico en virtud del cual un sujeto (deudor) debe dar a otro sujeto (acreedor) que actúa ejercitando el poder tributario, sumas de dinero o cantidades de cosas determinadas por Ley.

La tipos de tributo como el impuesto, la tasa y la contribución especial y los elementos del impuesto, son figuras tributarias presentes en la administración publicas que permiten cumplir con la y las obligaciones tributarias

angel larreal dijo...

2DA. CLASE INGRESOS PÚBLICOS: Es todo ingreso que obtiene el estado y que utiliza para satisfacer las necesidades del colectivo; y que se clasifican por su periodicidad, por la fuente económica que los genera (no agotables, agotables, y recursos financieros), por el origen de los mismos, el carácter de quien percibe puede ser público o privado. Las obligaciones tributarias. Que el tributo es exigencia del estado a través de leyes; y que este tributo puede ser coactivo es decir se impone unilateralmente. La obligación tributaria tiene carácter dinerario que es un ingreso destinado a cubrir el gasto público para cubrir las necesidades del estado. De los tipos de tributo recuerdo el impuesto y la contribución especial. El sujeto pasivo es la persona que esta obligada por la ley al cumplimiento de las prestaciones tributarias.

magdonia dijo...

San Felipe 20 de mayo de 2008.
Emprendedora:
Magdonia Lugo
C.I. 10.360.430


SEGUNDA CLASE DE FINANZAS
Ingresos Públicos.

Buenos dias, aunque no asistí a la clase, observe las laminas e investigue lo que corresponde a los ingresos públicos y se puede decir que son todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar las necesidades de la colectividad. Estos ingresos pueden dividirse en:
• Ingresos Ordinarios son aquellos que el Estado recibe en forma periódica, puede repetir su recaudación período tras período, y su generación no agota la fuente de donde provienen ni compromete el patrimonio actual o futuro del Estado.
• Ingresos Extraordinarios presentan como característica distintiva que la fuente que los genera no permite su repetición continua y periódica, y afecta o compromete la disminución del patrimonio del Estado en el presente o en el futuro.
También observamos la existencia de:
• Ingresos Tributarios, provienen directamente de la recaudación de tributos. Dentro de los tributos se identifican tres grupos principales de ingresos: públicos: impuestos, tasas y contribuciones. Comúnmente, la mayor cuantía de los ingresos recaudados por el Estado proviene de los tributos.
• No Tributarios, es decir, aquellos conceptos por los cuales el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Dentro de esta categoría de ingresos se estudiarán los que provienen de las siguientes actividades: empresas públicas, privatización, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público, legados, donaciones, sanciones.

Maria Quiroz02 dijo...

RESUMEN (INGRESOS PUBLICOS)
Los ingresos públicos son todas aquellas actividades de dinero percibidas por el Estado y demás entes públicos, con el fin de satisfacer las necesidades de las comunidades, y su objetivo esencial es financiar los gastos públicos.
Se clasifica por su periodicidad: 1) ordinarios (por su frecuencia de recaudación: ISRL, IVA, venta del petróleo, entre otros), 2) extraordinarios (algo que no está planificado: la venta de un activo de una institución, entre otros); por su fuente económica-financiera: 1) corriente (tiene similitud a los ordinarios: ISLR), 2) capital (las ventas de los activos, el aumento de mis cuentas), 3) recursos financieros (ventas de acciones: CANTV) y por su origen: 1) tributarios (impuestos, tasas y contribuciones), 2) no tributarios (ventas de bienes, acciones, entre otros). En cuanto al carácter del perceptor de los ingresos tenemos los de ingresos públicos que vienen siendo cuando el Estado cobra un impuesto (terminal de pasajeros, aeropuertos, entre otros), es de carácter coactivo y los ingresos privados son los que venden si se les compra (PDVSA), es de carácter pecuniario. Los Tributos son las prestaciones en dinero que el Estado, en su ejercicio de poder, exige con el objeto de tener recursos para el cumplimiento de sus fines, es decir, es la cantidad que el Estado percibe para satisfacer necesidades de las comunidades. Características: carácter coactivo, carácter pecuniario y carácter contributivo. Tipos de tributos: 1) impuestos (surgen a través de la leyes y no tienen carácter de contraprestación), 2) tasas (prestación de servicios públicos: el pago en el peaje, entrada a un parque, entre otros) y 3) contribuciones (plusvalía). Elemento del impuesto: 1) hecho imponible (IVA), 2) base imponible (la base de cálculo del impuesto), 3) sujeto pasivo (el contribuyente), 4) tipo de gravámenes (el porcentaje), 5) cuota tributaria y 6) deuda tributaria.

Maria I. Quiroz
CI. 7.593.236

Yohana Escalona dijo...

INGRESOS PÚBLICOS
Son todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad. También se puede decir que son los medios económicos, generalmente representados en dinero, que el Estado obtiene de sus propios bienes o actividades o de las rentas o bienes del sector privado y que se destinan a cubrir los gastos del Estado o a lograr otros fines económico-sociales.
Se clasifican de acuerdo a:
 Por su periodicidad en:
• Ordinarios: Son ingresos cuya recaudación tiene la posibilidad de ser repetida año tras año, porque provienen de la administración del patrimonio estatal, o de tributos que son pagados por los particulares de manera rutinaria. Los ingresos ordinarios deberían ser suficientes para cubrir los gastos públicos ordinarios que debe efectuar el Estado en el cumplimiento de sus diversas funciones.

• Extraordinarios: Es el caso de situaciones especiales en las que el Estado percibe un ingreso por un período limitado de tiempo, en virtud de alguna legislación temporal que lo autoriza para ello. Se recomienda que los ingresos extraordinarios se utilicen para hacer frente a situaciones imprevistas que conllevan a la ejecución de gasto público extraordinario.
Presentan como característica distintiva que la fuente que los genera no permite su repetición continua y periódica, y afecta o compromete la disminución del patrimonio del Estado en el presente o en el futuro.
 Por su fuente económica – financiera:
• Corrientes Se equiparan a los ordinarios y son los que se reciben todos los años en situaciones normales. Estos ingresos se diferencian entre tributarios y no tributarios. Los tributarios pueden ser directos o indirectos, que afectan de manera distinta a la economía y a los ciudadanos. Su fuente es no agotable.
• Capital: Ingresos por concepto de ventas de activos y por concepto de transferencias con fines de capital. De fuente agotable.
• Recursos Financieros.

 Por su Origen:
• Tributarios: Provienen directamente de la recaudación de tributos. L mayor cuantía de los ingresos recaudados por el Estado proviene de los tributos, y suele ser abundante la legislación que regula esta variable financiera del tesoro público
• No Tributarios: son aquellos conceptos por los cuales el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Los cuales provienen de las siguientes actividades: empresas públicas, privatización, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público, legados, donaciones, sanciones.

 El Carácter del Perceptor de los Ingresos Públicos y Privados: Los Públicos; Aún cuando los bienes de dominio público suelen ser utilizados por la colectividad en forma gratuita, no se descarta la posibilidad de que el Estado pueda recibir ingresos por ser el propietario y administrador de éstos. En ocasiones especiales el Estado puede exigir el pago de sumas de dinero para su uso particularizado, lo cual se materializa en forma de concesiones o autorizaciones de uso, permisos, derechos de acceso o visita, entre otros. Por su parte, los Bienes de Dominio Privado presentan mayores posibilidades de generar ingresos públicos, cuando el Estado recibe alguna contraprestación monetaria por permitir su uso y disfrute. Tal es el caso de las concesiones para explotación petrolera y minera, y también el caso de las empresas propiedad del Estado, entre otros ejemplos. Ingresan por tributos producto de la actividad empresarial de bienes y servicios y cobros de impuestos. Estos ingresos en el mayor de los casos se denominan Tributos y se clasifican en impuesto, tasas, contribuciones. Impuesto: Son contribuciones establecidas en la ley que pagan las personal naturales y jurídicas, constituye una prestación pecuniaria obtenida por el Estado en forma coactiva y pagada por los particulares con carácter definitivo, destinada al gasto público y de interés en la economía del Estado. Tasas: Es la contraprestación en dinero que pagan los particulares, el Estado u otros entes de derecho público en retribución de un servicio público determinado y divisible. Contribución: Cuota o cantidad que se paga para algún fin, y principalmente la que se impone para las cargas del Estado.
 Entre los Elementos del Impuesto tenemos: Hecho imponible: cuando se origina el pago del impuesto por la compra de un artículo, la Base Imponible: Se da cuando calculamos el costo del articulo y se le calcula el impuesto; Sujeto Pasivo: es la persona con obligación de ley al cumplimiento del hecho tributario, Tipos de Gravámenes: Son los porcentajes que se le aplican a la base imponible para el calculo, pueden variar según las leyes. Cuota Tributaria, es el monto a cancelar de forma de tributo producto del porcentaje del gravamen calculado sobre la base imponible. Deuda Tributaria, es el monto definido pendiente por declarar en un ejercicio fiscal si es el ISLR y mensual si es el IVA, producto de la deducción de los créditos fiscales o incrementos por recargos.
Yohana Escalona.
Lic. Administracion y Gestion Municipal

Elianet dijo...

Buenas noches prof. Seguidamente resumen de la clase del dia viernes 13-05-08 sobre:
Los ingresos públicos
Definición: Puede definirse de manera general y sencilla como todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad. Los ingresos públicos constituirán herramientas por los cuales se detraen rentas a los particulares para darles un empleo más adecuado a los fines que en ese momento histórico persigue la comunidad.

Seguidamente se comentan algunas de las clasificaciones más utilizadas.
• Ingresos Ordinarios e Ingresos Extraordinarios.
En primer término, el criterio financiero los clasifica en ordinarios y extraordinarios, tomando en consideración la regularidad o periodicidad de los ingresos, y las características de la fuente que los genera. De esta forma, los ingresos ordinarios son aquellos que el Estado recibe en forma periódica, puede repetir su recaudación período tras período, y su generación no agota la fuente de donde provienen ni compromete el patrimonio actual o futuro del Estado y sus entes. Es decir, son ingresos cuya recaudación tiene la posibilidad de ser repetida año tras año, porque provienen de la administración del patrimonio estatal, o de tributos que son pagados por los particulares de manera rutinaria. Los ingresos ordinarios deberían ser suficientes para cubrir los gastos públicos ordinarios que debe efectuar el Estado en el cumplimiento de sus diversas funciones.

Por su parte, los ingresos extraordinarios presentan como característica distintiva que la fuente que los genera no permite su repetición continua y periódica, y afecta o compromete la disminución del patrimonio del Estado en el presente o en el futuro. Tal es el caso de la venta de los bienes que son propiedad del sector público y de la realización de operaciones de crédito público, ya que en ambos casos se genera un ingreso público y como consecuencia el patrimonio se ve reducido (venta de bienes), o se compromete hacia el futuro (crédito público), situación que no permite que este tipo de ingresos sean susceptibles de ser repetidos continuamente y de manera indefinida

Ingresos Originarios e Ingresos Derivados.
Un segundo criterio de clasificación agrupa a los ingresos públicos de acuerdo a la potestad que le permite al Estado generarlos, dependiendo si provienen de la potestad que éste tiene para administrar su patrimonio, o de su poder de imperio que le permite sustraer parte de la renta de los particulares de manera coactiva.
Cuando los ingresos provienen de la actividad que realiza un ente público al administrar sus bienes propios se trata de ingresos originarios; por ejemplo, la actividad económica de una empresa propiedad del Estado que vende libremente bienes y servicios a la colectividad, genera un monto de ingresos que se consideran originarios, ya que para obtener este tipo de entradas de dinero el Estado no necesita obligar a los particulares a que adquieran su producto, simplemente actúa como un oferente más dentro del mercado.

Por su parte, para obtener ingresos derivados el Estado interviene coactivamente la actividad económica de los particulares, obligándolos a contribuir con el financiamiento del gasto a través del pago de tributos como los impuestos.

Ingresos Tributarios e Ingresos No Tributarios.
En el mismo orden de ideas de la clasificación anterior, puede identificarse una diferenciación más específica entre los ingresos públicos: tributarios y no tributarios.
Los ingresos tributarios, como su nombre lo indica, provienen directamente de la recaudación de tributos. Dentro de los tributos se identifican tres grupos principales de ingresos públicos: impuestos, tasas y contribuciones.

leandro02 dijo...

Definimos ingresos públicos: Son todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad. También se puede decir que son los medios económicos, generalmente representados en dinero, que el Estado obtiene de sus propios bienes o actividades o de las rentas o bienes del sector privado y que se destinan a cubrir los gastos del Estado o a lograr otros fines económico-sociales.
Y se clasifican:
1. Por su prioridad:
• Ingresos ordinarios: Son las percepciones que constituyen la fuente normal y periódica de recursos fiscales que obtiene el Gobierno Federal como base fundamental para financiar sus actividades. Es una parte de los ingresos gubernamentales que obtiene el Estado haciendo uso de su poder coercitivo de forma unilateral; o bien por una contraprestación obligatoria; es decir incluyen los recursos que impliquen una obligación de deuda. Estos son permanentes y previsibles. Son las percepciones que obtiene el Sector Público en el desempeño de sus actividades de derecho público y como productor de bienes y servicios por la ejecución de la Ley de Ingresos. Se clasifican en corrientes y de capital.
• Ingresos extraordinarios: Son aquellos recursos de carácter excepcional que provienen de la enajenación de bienes nacionales, de la concertación de créditos externos e internos o de la emisión de moneda. Son todas aquellas percepciones que provienen de actos eventuales, para cubrir gastos también eventuales.
2. Por su Fuente económica:
• Corrientes: Corresponden a las utilidades netas de las Empresas, ingresos procedentes de la propiedad de bienes, impuesto a la renta, circulación de bienes y contribuciones de seguridad social. Son fuente no agotable como la venta del petróleo, los recursos mineros.
• Capital: Son los recursos de transferencia de capitales, prestamos, e impuestos sobre el capital, son fuente agotable cuando disminuyen producto del aumento de las cuentas por pagar, o por las ventas de los activos.
• Recursos financieros: Recursos producto de la compra o venta de Bonos.
3. Por su origen:
• Tributarios: Provienen directamente de la recaudación de tributos.
• No Tributarios: son aquellos por los cuales el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos.
EL CARÁCTER DEL PERCEPTOR DE LOS INGRESOS
• Ingresos de derecho público: El perceptor actúa por el poder de imperio del estado. (Ley).
• Ingresos de derecho privado: El perceptor actúa como cualquier otro sujeto privado.
TRIBUTOS COMO FUENTE DE INGRESOS PÚBLICOS
TRIBUTO: Prestaciones en dinero que el estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de una ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines.
CARACTERISTICAS DE LOS TRIBUTOS
• Carácter coactivo: Supone que el tributo se impone unilateralmente por los entes públicos, de acuerdo con los principios constitucionales y reglas jurídicas aplicables.
• Carácter pecuniario: Supone que la obligación tributaria tiene carácter dinerario.
• Carácter contributivo: Significa que es un ingreso destinado a la financiación del gasto público y por tanto a la cobertura de las necesidades sociales.
TIPOS DE TRIBUTOS
IMPUESTOS: Los impuestos son tributos cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o actividades desarrolladas por la Administración Pública.
TASAS: Generalmente se denominan tasas a los tributos que gravan la realización de alguno de los siguientes hechos imponibles: La utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público. La prestación de servicios públicos.
CONTRIBUCIONES: Las contribuciones especiales o contribuciones de mejora son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.
ELEMENTOS DEL IMPUESTO
Hecho Disponible
Base Imposible
Sujeto Pasivo
Tipos De Gravámenes
Cuota Tributaria
Deuda Tributaria


Osorio P. Edgar L.
C.I: 15.109.057
LIC. ADMINT Y GESTION MCPAL
SECCION UNICA NOCTURNO UNEFA S/F

Enrique Labrador dijo...

San Felipe, 20 de Mayo del 2008
Enrique Labrador
V-14.919.101


RESUMEN DE CLASE DEL DIA 13/05/08:

En esta clase comenzamos a conversar sobre el Ingreso Publico lo cual Es toda cantidad de dinero percibida por el Estado y demás entes públicos, cuyo objetivo general es financiar los gastos públicos. También se puede decir, que los ingresos del Estado e igualmente los del Municipio pueden ser ingresos tributarios o ingresos no tributarios. Puedo decir también, que se hablo sobre la Clasificación del Ingreso Público la cual se dijo que se clasifican de la siguiente manera: En Ordinarios y Extraordinarios; donde los Ordinarios: son recaudados en forma regular por el Estado, tales como: los impuestos, los derechos, los ingresos por la venta de bienes y servicios de los organismos y empresas paraestatales, etc.; y los Extraordinarios: Son aquellos Beneficios e Ingresos de cuenta significativa, que no deban considerarse periódicos al evaluar los resultados futuros de la empresa. Se menciono otros conceptos como los son:

Tributo: son la prestación obligatoria comúnmente exigida en dinero por el estado en ejercicio de su poder y en virtud de la ley para cubrir los gatos que le demanda.

El impuesto es pues, jurídicamente, como todos los tributos una institución de derecho público, por lo que es una obligación unilateral impuesta coactivamente por el Estado en virtud de su poder de imperio.

Tasa: es un tributo cuyo hecho generador está integrado con una actividad del Estado divisible e inherente, hallándose esa actividad relacionada directamente con el contribuyente.

Contribución: Clase de tributo cuya base para gravarlo es la obtención por el sujeto pasivo (ciudadano receptor) de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.

Características de los Impuestos:
a) Es la cantidad que constituye una obligación.
b) Deben ser establecidos por la Ley.
c) Debe ser proporcional y equitativo.
d) Esta a cargo de personas físicas y morales.
e) Que se encuentran en la situación jurídica prevista por la Ley.
f} Debe destinarse a cubrir los gastos públicos.

Unknown dijo...

En la clase anterior dijimos que los ingresos públicos son todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad.

Estos Ingresos se clasifican

•Según su Periocidad, en Ordinarios, que pueden ser recurrente, periódicos o permanentes (aquellos que siempre se están generando, como por ejemplo los impuestos o rentas); y Extraordinarios, que son No recurrente, (quiere decir aquellos ingresos que son eventuales, como por ejemplo, cuando se da la cancelación por parte de un seguro, debido a un accidente como por ejemplo, el incendio de un vehículo, el cual este asegurado a todo riesgo).

•Según Por su Fuente Económicamente financiera, que pueden ser Corriente - fuentes no agotables (Ejemplo el ISLR), Capital - fuente agotable (Ejemplo, la venta de activos) o Recursos Financieros (Ejemplo Venta de Acciones).

•Y según Por su Origen, que pueden ser Tributario (compuesto por Impuesto, Tasas y Contribuciones) y No Tributario (Pueden ser las ventas de acciones o bienes).

También hablamos de los Ingresos de derecho Público, es cuando el perceptor actúa por el poder del imperio del Estado, quiere decir a través de la Ley; y los Ingresos de Derecho Privado, el perceptor actúa como cualquier otro sujeto privado.

Se dijo que dentro de los tributos como fuentes de ingresos públicos se encuentran las obligaciones Tributarias, que no es más que le vinculo jurídico en virtud del cual un sujeto (deudor) debe dar a otro sujeto (acreedor) que actúa ejercitando el poder tributario; y los tributos son las prestaciones en dinero que percibe el Estado en poder de su imperio para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines.

Los Tributos cumplen con ciertas características, ya que son de carácter coactivo, lo cual quiere decir que el tributo se impone unilateralmente por los entes públicos, de acuerdo con los principios constitucionales y reglas jurídicas aplicables. De carácter pecuniario, supone que la obligación tributaria tiene carácter dinerario. Y el carácter contributivo, no es más que un ingreso destinado a la financiación del gasto público y por tanto a la cobertura de las necesidades sociales.

Los tipos de Tributos son: El Impuesto, La Tasa y la Contribución especial. El Impuesto es un tributo cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o actividades desarrolladas por la Administración Pública. Las Tasas, son los tributos que gravan la realización de algunos hechos imponibles como la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público. Y la contribución especial, son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas.

Entre los elementos del impuesto se encuentra: el Hecho Imponible, que no es más que aquella circunstancia cuya realización, de acuerdo con la Ley, origina la obligación Tributaria. La Base Imponible, es la cuantificación y valoración del hecho imponible y este determina la obligación tributaria. El sujeto pasivo, resumido es el contribuyente. El Tipo de Gravamen, es la proporción que se aplica sobre la base imponible con la finalidad de determinar el gravamen, esta proporción puede variar. La cuota Tributaria es la cantidad que representa el gravamen. La Deuda Tributaria, es el resultado de la reducción de la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos.

luis alfonso alvarez dijo...

Luis Alvarez 13.695.030
admin municipal

CLASIFICACIÓN DE LOS INGRESOS
Por su periodicidad:
Ordinarios-recurrente-periódicos-permanentes: Lo planificado en recibir por la renta petrolera.
Extraordinarios-no recurrentes, cuando por ejemplo existen excedentes de ganancias en el precio del petróleo o la venta de algún activo del estado

Por su fuente económica-financiera:

Corrientes, fuente no agotable, como el petróleo
Capital fuente agotable Recursos financieros bonos de la deuda publica o la prestación de servicios

Por su origen: tributarios ( recaudación de impuestos) y no tributarios (venta de activos)

EL CARÁCTER DEL PERCEPTOR DE LOS INGRESOS

Ingresos de derecho público:
El perceptor actúa por el poder de imperio del estado. (Ley. Significa que el receptor de los ingresos tiene y actúa por el derecho que le confiere la ley, por ejemplo esta dentro del marco legal al momento de cobrar impuestos o de aplicar una ley de recaudación extraordinaria si es necesario para el equilibrio fiscal
Ingresos de derecho privado:
El perceptor actúa como cualquier otro sujeto privado. Este aun cuando es de orden privado debe tambien regirse por las leyes y normas del estado


Las obligaciones tributarias tienen un vinculo jurídico que delimita las figuras del deudor y el acreedor por lo cual el deudor debe dar al acreedor en este caso el estado quien funge como dueño del poder tributario, las sumas de dinero que dentro de las leyes previstas, lo indique.
Según Villegas, Todo lo que exige el estado en dinero en el ejercicio de sus poderes que le confiere la ley es llamado tributo siendo este utilizado en los gastos que demande el cumplimiento de sus fines.
Estos tienen un carácter coactivo que no es mas que el poder legitimo que tiene el estado de imponer el tributo y por lo cual se espera solo dinero por su carácter pecuniario, a su vez estos ingresos estarán destinados a la financiación del gasto publico y a las necesidades sociales.

Estos tributos pueden distinguirse a través del impuesto, la tasa y las contribuciones. Las características del Impuesto son las que aplican en contraprestación y a medida de la capacidad económica del individuo contribuyente a diferencia de las tasas que grava al echo punible de la prestación de servicios públicos o el aprovechamiento especial del dominio publico. Como por la tasa aplicada en el articulo 196 de los ingresos tributarios de los municipios sobre espectáculos públicos y las contribuciones especiales o contribuciones de mejora son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. Así como la contribución que puede exigir el municipio al momento de elevar el nivel de calidad de urbanismo en determinado sector.
Entre todos estos elementos del ingreso publico se encuentra el hecho imponible esta referido a la obligación tributaria, una base imponible es cuanto se debe cancelar sobre el hecho imponible de la obligación tributaria, pero esta cantidad debe ser cancelada por el sujeto pasivo quien es una persona natural o jurídica en cumplimiento de las prestaciones tributarias, pudiendo ser una proporción fija o variable llamado gravamen, representando así la cuota por la cual el sujeto pasivo tuvo que ingresar al fisco por la obligación de la ley, esto tambien puede ser honrado en pago por cuotas abarcando tambien los incrementos o posibles cargos.

Unknown dijo...

Resumen 3 Clase
En esta clase se dijo que los Ingresos Públicos son las sumas que en dinero, o en especie, percibe tanto el Estado como los demás entes públicos y que se clasifican a.- por su periodicidad en: Ordinarios y Extraordinarios; b.- por su fuente económica - financiera en: Corrientes, Capital, Recursos Financieros; c.- por su origen en: Tributarios y No Tributarios. Que además los ingresos pueden se de derecho público ó de derecho privado.

También se dijo que las Obligaciones Tributarias son en vinculo jurídico donde un sujeto (deudor) debe dar sumas de dinero o cantidades de cosas determinadas a otro sujeto (acreedor) quien actúa según el poder tributario contemplado en la ley Mientras que El Tributo es el dinero que el estado exige a los contribuyentes según leyes establecidas, para cubrir los gastos de las gestiones sociales planteadas en beneficio de la nación. Que los Tributos son de carácter coactivo: porque lo imponen los entes públicos, en base a los principios constitucionales y reglas jurídicas establecidas; son de carácter pecuniario: que no supone reintegro de dinero y de carácter contributivo: que el ingreso financia del gasto público para cubrir necesidades sociales.

Se definió los Tipos de tributos: Impuestos: son tributos cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o actividades desarrolladas por la administración pública. Y surge exclusivamente como consecuencia de la capacidad económica del contribuyente; Tasas: son los tributos que gravan la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público ó la prestación de servicios públicos; y Contribuciones: son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.

Además se hablo de los Elementos del impuesto: siendo el Hecho imponible: la circunstancia cuya realización, que según la ley, origina la obligación tributaria; y que la Base imponible: es la cantidad ó valor del hecho imponible y la obligación tributaria; donde Sujeto pasivo: es la persona que está obligada por ley al cumplimiento de las prestación tributaria (contribuyente); así mismo el Tipo de gravamenes: es la proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el gravamen(%) por lo tanto la Cuota tributaria: es la cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible; determinando la Deuda tributaria: como el resultado de reducir la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos

Roxana Barrios
Lic. Administración
y Gestiñon Municipal
Sección U (N)

Unknown dijo...

LOS INGRESOS PÚBLICOS

Cortesa Avila
C.I.: 11.275.583

Tenemos que los Ingresos Públicos son las diversas formas de agrupar, ordenar y presentar los recursos (ingresos) públicos, con la finalidad de realizar análisis y proyecciones de tipo económico y financiero que se requiere en un período determinado. Su clasificación depende del tipo de análisis o estudio que se desee realizar; sin embargo, generalmente se utilizan tres clasificaciones que son: De acuerdo a su periodicidad, Económica, Por sectores de origen. La Gestión Tributaria es un elemento importante de la política económica, porque financia el presupuesto público; es la herramienta más importante de la política fiscal, en él se especifica tanto los recursos destinados a cada programa como su financiamiento. Es importante mencionar que los ingresos y gastos gubernamentales se ven afectados por el comportamiento de otras variables macro económicas, como el tipo de cambio, los términos de intercambio, el crecimiento del PBI, etc. Además la Gestión tributaria puede incentivar el crecimiento a determinados sectores, por ejemplo, otorgando exoneraciones, incentivos. De este modo la gestión tributaria es un elemento importante porque va ayudar a crecer, mantener o decrecer la economía en la medida que los indicadores de gestión se hayan llevado en forma eficiente a través de estrategias (Recaudación, presentación de la Declaración Jurada, para detectar el cumplimiento de los contribuyentes). La gestión tributaria optima es aquella en la que la política fiscal es estable y el Sistema Tributario eficiente (diseñado para nuestra realidad). Si la gestión tributaria es óptima atrae inversión. En la mayoría de los sistemas impositivos estatales se distinguen al menos tres figuras tributarias: el impuesto, la tasa y la contribución especial o contribución de mejora. Aunque, en general, existe coincidencia en cuanto a los aspectos básicos de la clasificación tributaria, cada país presenta determinadas particularidades. En cuanto a los impuestos tenemos que estos son tributos cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o actividades desarrolladas por la Administración Pública. En ocasiones, se definen como aquellos que no implican contraprestación, lo que se ha criticado porque da a entender que existe contraprestación en otros tipos de tributo, cuando el término "contraprestación" es propio de relaciones sinalagmáticas y no unilaterales y coactivas como las tributarias. En los impuestos, el hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del contribuyente. Son los más importantes por el porcentaje que suponen del total de la recaudación pública. Ya para concluir tenemos que los elementos del impuesto son: Hecho imponible: el cual se define como aquella circunstancia cuya realización, de acuerdo con la ley, origina la obligación tributaria. Son hechos imponibles la obtención de renta, la propiedad de bienes y la titularidad de derechos económicos, la adquisición de bienes y derechos por herencia o donación o la entrega de bienes y la prestación de servicios. Sujeto pasivo: es la persona natural o jurídica que está obligada por ley al cumplimiento de las prestaciones tributarias. Se distingue entre contribuyente, al que la ley impone la carga tributaria y responsable legal o sustituto del contribuyente que está obligado al cumplimiento material o formal de la obligación. Base imponible: es la cuantificación y valoración del hecho imponible y determina la obligación tributaria. Se trata de una cantidad de dinero, pero puede también tratarse de otros signos, como el número de personas que viven en una vivienda, litros de gasolina, litros de alcohol o número de cigarros. Tipo de gravamen: es la proporción que se aplica sobre la base imponible con objeto de calcular el gravamen. Dicha proporción puede ser fija o variable. Cuota tributaria: Aquella cantidad que representa el gravamen y puede ser una cantidad fija o el resultado de multiplicar el tipo impositivo por la base imponible. Deuda tributaria: es el resultado de reducir la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos.

Unknown dijo...

II CLASE

INGRESOS PUBLICOS.
El Ingreso Publico es toda entrada económica que percibe el estado para satisfacer las necesidades del pueblo. Se clasifica por su Periodicidad en Ordinario Recurrente periódicos permanentes (petróleo, impuestos) y Extraordinarios No recurrente (venta de activo de una institución, venta de bonos). Por su Fuente Económica Financiera: Corriente, fuentes no agotables (petróleo). Capital, fuente agotable (ventas, deuda). Recursos Financieros (ventas de acciones, Bonos). Por su origen: Tributarios (recaudación de impuestos) No Tributarios (ventas de activos). Carácter del preceptor de los Ingresos. Ingreso de Derechos Públicos, el preceptor actúa por el poder del estado, bajo la ley y el Ingreso de Derecho Privado, el preceptor actúa como cualquier otro sujeto privado rigiéndose por la ley. Las Obligaciones Tributarias se manifiesta cuando existe un vinculo jurídico entre un deudor (persona natura y jurídica) cuando declara o paga impuestos y un acreedor (estado) quien recibe los recaudado, actúan ejercitando el poder tributario, utilizando. Todo las presentaciones que exige el estado en dinero en ejercicio de su poder y cumpliendo con la ley y para cubrir los gastos que demande el cumplimiento de los fines. Estos se caracterizan por ser Coactivos: cuando se impone los tributos según los principios constitucionales y reglas jurídicas por un ente público. Pecuniario: ya que tiene carácter dinerario. Contributivo: es un ingreso destinado para el gasto público. Las figuras tributarias los vemos a través del pago de Impuestos cuando cancelamos IVA, las tasas prestaciones de servicios públicos y la Contribución Especial. Los Elementos del Impuesto se determinan por los Hecho Imponible este nace cuando se tiene la utilidad, La Base Imponible es el precio base o costo del producto, el sujeto pasivo es la persona natural o jurídica que esta obligada por la ley al cumplimiento de las prestaciones. El ingreso de los tributos llega a la administración del estado para cubrir las necesidades del país.

maria dijo...

3 RESUMEN DE FINANZAS

Maria Martínez
CI.11279563
Sección única
Lic. Administración .Gestión Municipal

Ingresos Públicos: Son todas actividad de dinero percibida por el estado y demás entes públicos, y su objetivos esencial será financiar los gastos públicos y cumplir con las funciones dentro de la sociedad.

Clasificación de los ingresos públicos son: ordinario y extraordinarios.
. Atendiendo a la permanencia y durabilidad de la fuente.

(a) Ordinarios: Aquél que proviene de una fuente duradera, es decir, que dicho ingreso no se circunscriba a un periodo determinado. Ejemplos: el Impuesto sobre la renta y el Impuesto al valor agregado.
A su vez, la doctrina divide los ingresos ordinarios en:

I. Originarios. Los provenientes de la explotación y enajenación de los bienes del dominio público. Los derechos y los ingresos por la venta de petróleo, son ejemplos.
II. Derivados. Aquéllos que provienen de la coacción ejercida por el Estado sobre los administrados o gobernados. Ejemplo: los impuestos.

(b)Extraordinarios. Su discontinuidad viene a ser su nota característica, ya que su obtención en cada caso entraña una decisión particular del Estado.
Ejemplos: ingresos provenientes del crédito público y la emisión de moneda.

Los tributos: Son ingresos públicos que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la ley vincula el deber de contribuir. Tipos de tributos: En la mayoría de los sistemas impositivos estatales se distinguen al menos tres figuras tributarias: el impuesto, la tasa y la contribución especial o contribución de mejora.
Impuestos: Son tributos cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o actividades desarrolladas por la administración pública.
Tasas: Son los tributos que gravan la realización de alguno de los siguientes hechos imponibles.
Las Contribuciones Especiales o Contribuciones de Mejora: Son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos.

Gabriela Alvarez dijo...

Maria Gabriela Alvarez Leon
C.I. 13.315.339

Informe Numero 3

Los Ingresos Publicos cantidad de dinero que el estado cubre para satisfacer las necesidades de la poblacion, los ingresos se clasifican por su periocidad son ordinarios y extraordinarios, por su fuente economica y financiera y por su origen el caracter del perceptor de los ingresos ingresos de derecho publico: el peceptor actua por el pode de imperio del estado, ingresos de derecho privado el perceptor actua como cualquier otro sujeto. las organizaciones tributarias es un vinculo juridico en virtud del cual un sujeto debe dar a otro sujeto que actua, el tributo es una prestacion de dinero que el estado exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud de la ley entre sus caracteristicas tenemos: las de caracter coactivo son los que se imponen unilateralmente por el gobierno de caracter pecurnario: las que tienen caracter dinerario y de caracter contributivo significa que es un ingreso destinado a la financiacion del gasto publico.
impuesto es aquel que no implica contraprestacion y surge exclusivamente como consecuencia de la capacida economica del contribuynteLas tasas podemos decir que la contraprestación es inmediata por ejemplo el aseo urbano, el pago de las entradas a parques y las contribuciones se pagan solo una vez.
Se nombraron los elementos de los impuestos que son la base imponible, el hecho imponible, sujeto pasivo, tipos de gravamen, la cuota tributaria.

Yohana Escalona dijo...

INGRESOS PÚBLICOS

Son todas aquellas entradas de dinero que recibe el Estado y que le permiten financiar la satisfacción de necesidades de la colectividad, es decir, que le permiten financiar el gasto público y cumplir su función dentro de la sociedad. También se puede decir que son los medios económicos, generalmente representados en dinero, que el Estado obtiene de sus propios bienes o actividades o de las rentas o bienes del sector privado y que se destinan a cubrir los gastos del Estado o a lograr otros fines económico-sociales.
Se clasifican de acuerdo a:
 Por su periodicidad en:
• Ordinarios:
Son ingresos cuya recaudación tiene la posibilidad de ser repetida año tras año, porque provienen de la administración del patrimonio estatal, o de tributos que son pagados por los particulares de manera rutinaria. Los ingresos ordinarios deberían ser suficientes para cubrir los gastos públicos ordinarios que debe efectuar el Estado en el cumplimiento de sus diversas funciones.

• Extraordinarios:
Es el caso de situaciones especiales en las que el Estado percibe un ingreso por un período limitado de tiempo, en virtud de alguna legislación temporal que lo autoriza para ello. Se recomienda que los ingresos extraordinarios se utilicen para hacer frente a situaciones imprevistas que conllevan a la ejecución de gasto público extraordinario.
Presentan como característica distintiva que la fuente que los genera no permite su repetición continua y periódica, y afecta o compromete la disminución del patrimonio del Estado en el presente o en el futuro.
 Por su fuente económica – financiera:
• Corrientes Se equiparan a los ordinarios y son los que se reciben todos los años en situaciones normales. Estos ingresos se diferencian entre tributarios y no tributarios. Los tributarios pueden ser directos o indirectos, que afectan de manera distinta a la economía y a los ciudadanos. Su fuente es no agotable.
• Capital: Ingresos por concepto de ventas de activos y por concepto de transferencias con fines de capital. De fuente agotable.
• Recursos Financieros.

 Por su Origen:
• Tributarios: Provienen directamente de la recaudación de tributos. L mayor cuantía de los ingresos recaudados por el Estado proviene de los tributos, y suele ser abundante la legislación que regula esta variable financiera del tesoro público
• No Tributarios: son aquellos conceptos por los cuales el tesoro público recibe ingresos diferentes a los recaudados por los tributos. Los cuales provienen de las siguientes actividades: empresas públicas, privatización, emisión monetaria, cambio de divisas, crédito público, legados, donaciones, sanciones.

 El Carácter del Perceptor de los Ingresos Públicos y Privados: Los Públicos; Aún cuando los bienes de dominio público suelen ser utilizados por la colectividad en forma gratuita, no se descarta la posibilidad de que el Estado pueda recibir ingresos por ser el propietario y administrador de éstos. En ocasiones especiales el Estado puede exigir el pago de sumas de dinero para su uso particularizado, lo cual se materializa en forma de concesiones o autorizaciones de uso, permisos, derechos de acceso o visita, entre otros. Por su parte, los Bienes de Dominio Privado presentan mayores posibilidades de generar ingresos públicos, cuando el Estado recibe alguna contraprestación monetaria por permitir su uso y disfrute. Tal es el caso de las concesiones para explotación petrolera y minera, y también el caso de las empresas propiedad del Estado, entre otros ejemplos. Ingresan por tributos producto de la actividad empresarial de bienes y servicios y cobros de impuestos. Estos ingresos en el mayor de los casos se denominan Tributos y se clasifican en impuesto, tasas, contribuciones. Impuesto: Son contribuciones establecidas en la ley que pagan las personal naturales y jurídicas, constituye una prestación pecuniaria obtenida por el Estado en forma coactiva y pagada por los particulares con carácter definitivo, destinada al gasto público y de interés en la economía del Estado. Tasas: Es la contraprestación en dinero que pagan los particulares, el Estado u otros entes de derecho público en retribución de un servicio público determinado y divisible. Contribución: Cuota o cantidad que se paga para algún fin, y principalmente la que se impone para las cargas del Estado.
 Entre los Elementos del Impuesto tenemos: Hecho imponible: cuando se origina el pago del impuesto por la compra de un artículo, la Base Imponible: Se da cuando calculamos el costo del articulo y se le calcula el impuesto; Sujeto Pasivo: es la persona con obligación de ley al cumplimiento del hecho tributario, Tipos de Gravámenes: Son los porcentajes que se le aplican a la base imponible para el calculo, pueden variar según las leyes. Cuota Tributaria, es el monto a cancelar de forma de tributo producto del porcentaje del gravamen calculado sobre la base imponible. Deuda Tributaria, es el monto definido pendiente por declarar en un ejercicio fiscal si es el ISLR y mensual si es el IVA, producto de la deducción de los créditos fiscales o incrementos por recargos.
Yohana Escalona.
Lic. Admon.

Unknown dijo...

Dubraska Segovia
C.I: 17.156.292

Los Ingresos Públicos se pueden definir como la suma de capital que percibe el Estado, divida en los diferentes entes públicos, los mismos pueden ser de derecho público cuando el sujeto perceptor del ingreso actúa como titular del poder de imperio, en una situación de supremacía; o de derecho privado cuando el sujeto perceptor del ingreso se coloca y actúa al nivel, y como cualquier otro sujeto privado.
Asimismo, los ingresos se pueden clasificar por su periodicidad en Ordinarios y Extraordinarios; por su fuente económica - financiera en Corrientes, Capital y Recursos Financieros; o por su origen en Tributarios y No Tributarios.
Los ingresos públicos son provenientes de impuestos, derechos por la prestación de servicios públicos, productos, aprovechamientos, ingresos derivados de venta de bienes, servicios y valores, recuperaciones de capital, ingresos derivados de financiamiento y otros ingresos de capital

Por otra parte, las Obligaciones Tributarias son un vinculo jurídico donde un sujeto denominado deudor, debe dar sumas de dinero o cantidades de cosas determinadas a otro sujeto denominado acreedor, quien actúa según el poder tributario contemplado en la ley. Existen diferentes tipos de tributos, entre los cuales mencionamos:
 Impuestos
 Tasas
 Contribuciones

En otro orden de ideas se define El Tributo como el dinero que el estado exige a los contribuyentes según leyes establecidas, para cubrir los gastos de las gestiones sociales planteadas en beneficio de la nación. Los mismos son de carácter coactivo ya que lo imponen los entes públicos, en base a los principios constitucionales y reglas jurídicas establecidas; son de carácter pecuniario por que no supone reintegro de dinero y de carácter contributivo cuando el ingreso financia el gasto público para cubrir necesidades sociales.

Maria Quiroz02 dijo...

Dubeily Escobar
CI. 18.140.765

Resumen- 3- Clase
En esta clase se dijo; que Los ingresos públicos son todas aquellas actividades de dinero percibidas por el Estado y demás entes públicos, con el fin de satisfacer las necesidades de las comunidades, y su objetivo esencial es financiar los gastos públicos y que se clasifican a.- por su periodicidad en: Ordinarios y Extraordinarios; b.- por su fuente económica - financiera en: Corrientes, Capital, Recursos Financieros; c.- por su origen en: Tributarios y No Tributarios. Que además los ingresos pueden se de derecho público ó de derecho privado. Las Obligaciones Tributarias son en vinculo jurídico donde un sujeto (deudor) debe dar sumas de dinero o cantidades de cosas determinadas a otro sujeto (acreedor) quien actúa según el poder tributario contemplado en la ley Mientras que El Tributo es el dinero que el estado exige a los contribuyentes según leyes establecidas, para cubrir los gastos de las gestiones sociales planteadas en beneficio de la nación. Que los Tributos son de carácter coactivo: porque lo imponen los entes públicos, en base a los principios constitucionales y reglas jurídicas establecidas; son de carácter pecuniario: que no supone reintegro de dinero y de carácter contributivo: que el ingreso financia del gasto público para cubrir necesidades sociales. Los Tributos son las prestaciones en dinero que el Estado, en su ejercicio de poder, exige con el objeto de tener recursos para el cumplimiento de sus fines, es decir, es la cantidad que el Estado percibe para satisfacer necesidades de las comunidades. Características: carácter coactivo, carácter pecuniario y carácter contributivo. Tipos de tributos: 1) impuestos (surgen a través de la leyes y no tienen carácter de contraprestación), 2) tasas (prestación de servicios públicos: el pago en el peaje, entrada a un parque, entre otros) y 3) contribuciones (plusvalía). Elemento del impuesto: 1) hecho imponible (IVA), 2) base imponible (la base de cálculo del impuesto), 3) sujeto pasivo (el contribuyente), 4) tipo de gravámenes (el porcentaje), 5) cuota tributaria y 6) deuda tributaria.

Luisaura Oropeza dijo...

Los ingresos públicos son todos los medios económicos, generalmente representados en dinero, que el Estado obtiene de sus propios bienes o actividades o de las rentas o bienes del sector privado y que se destinan a cubrir los gastos del Estado o a lograr otros fines económico-sociales”.

Se clasifican según su Periocidad: en Ordinarios y Extraordinarios; Según su Fuente Económica Financiera: en Corriente- fuentes no agotables, Capital - fuente agotable, o Recursos Financieros; Según su Origen: pueden ser Tributario o No Tributario,

Estos Ingresos se clasifican:

•Según su Periocidad, en Ordinarios, que pueden ser recurrente, periódicos o permanentes (aquellos que siempre se están generando, como por ejemplo los impuestos o rentas); y Extraordinarios, que son No recurrente, (quiere decir aquellos ingresos que son eventuales, como por ejemplo, cuando se da la cancelación por parte de un seguro, debido a un accidente como por ejemplo, el incendio de un vehículo, el cual este asegurado a todo riesgo).

•Según Por su Fuente Económicamente financiera, que pueden ser Corriente - fuentes no agotables (Ejemplo el ISLR), Capital - fuente agotable (Ejemplo, la venta de activos) o Recursos Financieros (Ejemplo Venta de Acciones).

•Y según Por su Origen, que pueden ser Tributario (compuesto por Impuesto, Tasas y Contribuciones) y No Tributario (Pueden ser las ventas de acciones o bienes).

Cuando nos referimos a los Ingresos de derecho Público, dijimos que es cuando el perceptor actúa por el poder del imperio del Estado, o sea a través de la Ley; y cuando nos referimos a los Ingresos de Derecho Privado, es cuando el perceptor actúa como cualquier otro sujeto privado.

Dentro de los tributos como fuentes de ingresos públicos se encuentran las obligaciones Tributarias, que son el vinculo jurídico en virtud del cual un sujeto (deudor) debe dar a otro sujeto (acreedor) que actúa ejercitando el poder tributario; y los tributos: son las prestaciones en dinero que percibe el Estado en poder de su imperio para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines.

Cuando decimos que los tributos son de carácter coactivo, quiere decir que el tributo se impone unilateralmente por los entes públicos, de acuerdo con los principios constitucionales y reglas jurídicas aplicables. Y cuando decimos que los tributos son de carácter pecuniario, supone que la obligación tributaria tiene carácter dinerario. Y el carácter contributivo, es un ingreso destinado a la financiación del gasto público y por tanto a la cobertura de las necesidades sociales.

Tipos de Tributos:

* El Impuesto: Es un tributo cuyo hecho imponible se define sin referencia a servicios prestados o actividades desarrolladas por la Administración Pública.

* La Tasa: Son los tributos que gravan la realización de algunos hechos imponibles como la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público.

* La Contribución especial: Son tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas.

Elementos del impuesto:

* Hecho Imponible: Circunstancia cuya realización, de acuerdo con la Ley, origina la obligación Tributaria.
* La Base Imponible: Es la cuantificación y valoración del hecho imponible y este determina la obligación tributaria.
* El sujeto pasivo: Es el contribuyente.
* El Tipo de Gravamen: Es la proporción que se aplica sobre la base imponible con la finalidad de determinar el gravamen.
* La cuota Tributaria: Es la cantidad que representa el gravamen.
* La Deuda Tributaria: Es el resultado de la reducción de la cuota con posibles deducciones y de incrementarse con posibles recargos.

* Los Ingresos Ordinarios: Son aquellos que el Estado recibe en forma periódica, puede repetir su recaudación período tras período, y su generación no agota la fuente de donde provienen ni compromete el patrimonio actual o futuro del Estado y sus entes

* Los ingresos extraordinarios: la fuente que los genera no permite su repetición continua y periódica, y afecta o compromete la administrar su patrimonio, o de su poder de imperio que le permite sustraer parte de la renta de los particulares de manera coactiva.

* Los ingresos derivados: Estos ingresos se obtienen cuando el Estado interviene coactivamente la actividad económica de los particulares, obligándolos a contribuir con el financiamiento del gasto a través del pago de tributos como los impuestos. Esta intervención estatal está fundamentada en el régimen jurídico vigente en cada sociedad (legislación tributaria).